Tribunal Constitucional declara autoconsumo compartido legal

El Tribunal Constitucional de España ha declarado nulo artículo 4.3 del Real Decreto 900/2015, en su sentencia que nos ha sido notificado hoy, en el litigio que iniciamos ante el Tribunal Supremo, nombre de APPA, y en varios expedientes separados en nombre de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, Eurosolar, Greenpeace, Solartys, el Cluster d'eficiencia energética de Catalunya, Alternativa Verda, Dia de la Terra, Grup de cientifics y técnics per un futur no nuclear, Solar Tradex, Pep Puig i Boix, Lluis María Coll i Ripoll y Andrés Montesinos Campos.

Como he podido explicar en multiples ocasiones, nuestros recurso fueron suspendidos, mientras el Tribunal Constitucional tramitaba el recurso por conflicto positivo de competencia Nº 574-2016 de la Generalitat de Catalunya. ¡Enhorabuena para la Generalitat y su equipo jurídico! Ya puede abrir una buena botella de cava este fin de semana que es puente en Cataluña.

Nosotros como mortales normales no tenemos este acceso al Tribunal Constitucional, así ahora nos tocará proseguir el nuestro ante el Tribunal Supremo, pero con esta parte ya ganada. A ver si sale alguna cosa más :)

Artículo 4.3. reza, literalmente: "En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores" Con la nulidad de esta disposición, por tanto, se elimina la barrera al autoconsumo compartido. Finalmente el entonces Ministro Soria ya puede relajarse: El autoconsumo ya no tiene porque ser asocial. 

De paso el TC también se ha cargado artículos 19, 20, 21 y 22 del Real Decreto 900/2015, destacamos entre estos artículos el registro de autoconsumo.

Creo que es una gran noticia para el sector, en el siguiente link podéis consultar la sentencia: 

  SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 574-2016