Otra forma de recurrir los recortes a las renovables: la responsabilidad patrimonial
Al margen de los recursos directos contra el Real Decreto 413/2014 y la Orden IET 1045/2014, los productores renovables tienen a su disposición la vía de la responsabilidad patrimonial, para exigir al Estado que les indemnice por los daños que les ha causado la legislación, en este caso, en materia de energías renovables.
La vía de la responsabilidad patrimonial es compatible con el recurso directo, ya que se trata de cauces legales diferenciados. Con el recurso directo se pretende la nulidad de la norma por ser contraria a Derecho, y con la patrimonial, el resarcimiento de un daño.
Para quienes han ejercido el recurso directo existe la posibilidad de iniciar la vía patrimonial en un año desde la aprobación de la norma (20 de junio de 2014) o un año desde dictada la sentencia. En Holtrop SLP nos planteábamos las dos opciones para nuestros clientes. Pero, a la vista de la intención del Gobierno de entorpecer todo lo posible los litigios, y por si los recursos directos se retrasaran en exceso por el procedimiento de ayudas de Estado (algo que no creemos que vaya a suceder, pero nunca puede descartarse al 100%), consideramos que lo más prudente es abrir esta causa lo antes posible.
Por ello, para todos los clientes que ya estáis en el servicio de defensa legal, en los próximos días interpondremos la reclamación de responsabilidad patrimonial sin coste adicional alguno. Quienes ya rellenasteis el peritaje de la Orden 1045/2014 (la inmensa mayoría) no es necesario que hagáis nada más. Por el contrario, quienes no lo hayáis hecho, es imprescindible que seguís las instrucciones que os haremos llegar en un correo personalizado esta semana.
Quienes no estéis en el servicio legal, pero os interesase contratar nuestros servicios para este recurso, podéis encontrar más información en el siguiente vínculo.
Quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda que os pudiera surgir.