¿Cómo afecta la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las renovables?

Mediante la Ley 13/2013, publicada en el BOE el pasado 5 de junio, se suprimen toda una serie de Comisiones reguladoras, entre ellas la Comisión Nacional de la Energía, quedando todas ellas fusionadas en la nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

La CNMC está adscrita al Ministerio de Economía (art.2.4) y se encargará de la supervisión de todos los mercados y sectores económicos dentro del territorio español (art.5.1.a). Entre los numerosos sectores que la CNMC supervisará y controlará, está el sector eléctrico y el de gas natural. Los miembros de la CNMC son nombrados por Real Decreto del Gobierno, a propuesta del Ministerio de Economía y tendrán un mandato de 6 años.

Desde el punto de vista de las renovables, el cambio más importante es que las tareas que anteriormente realizaba la CNE pasarán a ser asumidas por dos entes diferentes: la CNMC y el Ministerio de Industria. La nueva CNMC asume, entre otras, competencias para dictar circulares sobre la metodología para el cálculo de los peajes de acceso, de acceso a las instalaciones transfronterizas y sobre los servicios de equilibrio entre sistemas gestionados por distintos operadores. También supervisará la separación de actividades en el sector eléctrico (esperamos que con más determinación de lo que se ha hecho hasta ahora), garantizará la transparencia y competencia en el sector y publicará los precios finales de la electricidad. 

Asimismo, la nueva Ley 3/2013 otorga algunas de las antiguas competencias de la CNE al Ministerio de Industria (ver Disposición Adicional 8ª), tales como la inspección del cumplimiento de las condiciones técnicas de las instalaciones, el inicio y la instrucción de expedientes sancionadores, informar, atender y tramitar las reclamaciones de los consumidores, la supervisión de la oficina de cambios de suministrador y la realización de la liquidación de los costes de transporte, distribución, de los costes permanentes del sistema y de cualquier otros costes que se le encomiende. El Real Decreto 661/2007, en su artículo 30, encomendaba a la CNE la liquidación de las primas a las renovables, con lo que cabe entender que dicha liquidación para ahora a ser competencia del Ministerio de Industria. 

Este cambio puede tener repercusiones para los productores de renovables que deseen recurrir las liquidaciones definitivas del año 2011 para atacar el recorte retroactivo del Real Decreto-Ley 14/2010, ya que ahora será el Ministerio quien controla los plazos y por lo tanto podría alterar el periodo de 3 años que en la actualidad está tardando en llegar la liquidación definitiva.

Al margen de este cambio concreto, considero que el establecimiento del nuevo regulador tiene más elementos negativos que positivos. En el lado positivo de la balanza está el ahorro de 28 millones de euros que supone la fusión de reguladores en uno solo. En el lado negativo están una menor independencia de los organismos reguladores, una menor especialización de sus miembros, ya que los consejeros van a tener que conocer todos los sectores, desde el postal al eléctrico, pasando por el gas o las telecomunicaciones, y por lo tanto, un menor poder del regulador único para intervenir en los mercados ante actuaciones contrarias al derecho de la competencia.

Además, esta modificación legislativa podría ser contraria al Derecho Europeo, por no quedar garantizada suficientemente la independencia de los reguladores, habida cuenta del control que el Gobierno ejercerá sobre el nuevo organismo. De hecho, ayer mismo Neelie Krooes, vicepresidenta de la Comisión Europea, advirtió que la Comisión podría iniciar un procedimiento de incumplimiento contra España por la CNMC, en particular por lo que se refiere al sistema de nombramiento de sus miembros por parte del Gobierno y las atribuciones efectivas de competencias.