El TJUE anula la Directiva de conservación de datos

En una sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hecha pública hoy (asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12), la Directiva de conservación de datos ha sido declarada nula, por ser contraria a los derechos de respecto a la vida privada y protección de datos de carácter personal garantizados por la Carta de Derechos Fundamentales.

Se trata de un asunto en el que se pone de manifiesto la contradicción existente entre los derechos a la seguridad y a la libertad. Por un lado, puede resultar conveniente que se conserven ciertos datos relevantes para poder prevenir y perseguir delitos, pero por el otro, es preciso garantizar la vida privada de las personas y proteger sus datos personales.

En su análisis, el TJUE estima que la lucha contra la delincuencia grave es un objetivo aceptable de la política de la UE, pero para alcanzar ese objetivo, no todo vale. Si bien la obligación de conservar datos personales puede contribuir a alcanzar ese objetivo, la Directiva no establece suficientes diferenciaciones, limitaciones y excepciones, y por lo tanto, la obligación impuesta por la Directiva va más allá de lo necesario. Al no ser una limitación proporcional, el TJUE decide anular la norma y evitar así los riesgos de abuso.

Además, el TJUE se ha pronunciado también hoy (asunto C-288/12) sobre la normativa húngara que regula la autoridad de protección de datos, y ha considerado que Hungría, al poder poner fin al mandato del Supevisor antes de que éste concluya efectivamente, ha vulnerado el Derecho Europeo, por no garantizar suficientemente la independencia del Supervisor.

En los próximos días publicaremos un post con un análisis más detallado de estas sentencias.