Eficiencia Energética: Europa avanza, España se queda quieta

La transposición en España de la Directiva de Eficiencia Energética (2012/27/UE) llega, además de tarde, fragmentada (más detalles del RD 56/2016 aquí). Y es que en un año dicha directiva ya será sometida a revisión por la Unión Europea y mientras, en España, tan sólo estamos empezando a ver las normas que, de manera sectorial, van transponiendo sus contenidos; con poca vocación de cumplir los objetivos de la misma y con lo que parece más bien, un intento de salir del paso a través de una regulación de mínimos que evite las posibles sanciones por incumplimiento del deber de correcta transposición.

A lo largo del Congreso, que duró 2 días y acogió numerosos ponentes del sector, desde asociaciones a Administraciones, pasando por el sector privado, se pusieron de manifiesto multitud de deficiencias y barreras al desarrollo de proyectos de eficiencia energética. De hecho, según los expertos, en la actualidad el capital disponible para inversiones supera la oferta de proyectos. Una de esas barreras es administrativa y se refiere a la rigidez contractual derivada de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), que encorseta el desarrollo de contratos con ESES (empresas de servicios de eficiencia). Algunos ejemplos de estos obstáculos atañen a la duración del contrato en relación al tiempo necesario para amortizar las inversiones o al reparto de los ahorros generados.

Además, otra figura que empieza a moverse es la conocida como contratación pública innovadora. La misma consiste en introducir cláusulas sociales en las licitaciones públicas, de manera que se tengan en cuenta aspectos tan diversos como la igualdad de género, la seguridad laboral o la formación en el lugar de trabajo. Así se ha hecho por el Ayuntamiento de Madrid a través de su Instrucción núm. 1/2016. Sin embargo, aún son muy anecdóticos los casos en que se tienen en cuenta niveles de eficiencia energética o uso de energías renovables para la adjudicación de contratos públicos. Del tenor de la LCSP, se desprende que las Administraciones deben decantarse por la oferta “económicamente más ventajosa”. Habrá que ver pues, hasta dónde se está dispuesto a amoldar dicho concepto en el marco del imprescindible cambio de modelo energético que nos marca Europa.

Tal y como apuntaba la directora del Instituto Catalán de Energía, no se entiende que a día de hoy el Ministerio de Energía esté ligado al de Minas. La Energía debería estar vinculada a sectores como el transporte, el cambio climático o la industria, de modo que se alineara con los sectores dónde se encuentra el consumo de la misma y se le pudiera dar un tratamiento transversal y adecuado a las nuevas necesidades. 

En conclusión, la eficiencia energética es un vector esencial para el cambio de modelo energético, y la regulación española debe cumplir con lo establecido en el Derecho Europeo, eliminándose las barreras a la eficiencia energética existentes en la actualidad.