29 de febrero de 2016, El Periódico de la Energía: «Autoconsumo: de entrada, sí»

El jueves 25 de febrero pasado una amplia mayoría parlamentaria (todos los partidos menos PP y UPN)  hizo público su compromiso de eliminar las principales trabas al autoconsumo eléctrico durante los primeros cien días de Gobierno. En este artículo analizaré el procedimiento acordado, el contenido de la norma, el calendario de cambios y las opciones de actuación para los afectados por la normativa actual.

¿Cómo?

Según el referido acuerdo, el Gobierno, una vez haya tomado posesión, aprobará un Real Decreto-Ley con el articulado adjunto al acuerdo, que luego será convalidado en el Congreso de los Diputados, con el voto favorable de todos los partidos firmantes. Si bien el Real Decreto-Ley es un instrumento normativo cuyo uso debe de limitarse, porque es dictado por el Gobierno sin consultar con nadie, en este caso se trataría de un Real Decreto-Ley muy particular, pues el texto ha sido consensuado con la mayoría de partidos con representación parlamentaria. Dicho Real Decreto-Ley respondería a la situación de extraordinaria y urgente necesidad de revitalizar el sector renovable en España, devastado tras los cuatro años de Gobierno anti-renovable del Partido Popular (según los datos de UNEF, sólo dos instalaciones de autoconsumo se han dado de alta en el registro en España desde octubre del año pasado).

¿Qué?

Haciendo bueno el compromiso adquirido el pasado julio de derogar el impuesto al sol si éste era finalmente aprobado, los partidos firmantes han acordado un articulado para el Real Decreto-Ley, que implica la eliminación o minoración de las principales trabas al autoconsumo, tanto de carácter técnico-administrativo (solicitud de punto de conexión, registro de autoconsumo, sanciones desproporcionadas, imposibilidad de autoconsumo compartido, contadores) y económico (cargo fijo y variable). El Real Decreto-Ley, por tanto, modificaría algunos artículos de la Ley del Sector Eléctrico relacionados con el autoconsumo y derogaría las disposiciones del Real Decreto 900/2015 más perjudiciales para el autoconsumo. E incluso se abre la puerta a regular el balance neto. Se trata, por tanto, de un marco base para el desarrollo de una regulación de autoconsumo acorde con la del resto de vecinos europeos, que contrasta con la actual, la cual ha sido calificada por la Agencia Internacional de la Energía como la más restrictiva del mundo.

¿Cuándo?

El proceso normativo tendrá dos fases. La primera será la aprobación del referido Real Decreto-Ley, que se producirá en los 100 primeros días de Gobierno, según lo establecido en el compromiso político. Por tanto, la cuestión es cuándo se formará el Gobierno, algo que en estos momentos es, obviamente, incierto. Lo que está claro es que sin Gobierno, no hay autoconsumo.

La segunda fase será la adopción de un Real Decreto de desarrollo del Real Decreto-Ley, que será consensuado por el futuro Gobierno con el resto de partidos y con las organizaciones sociales. Este Real Decreto sustituiría a los restos del Real Decreto 900/2015 y desarrollaría, entre otros, el régimen concreto del balance neto o del autoconsumo compartido. Para ello, serían necesarios varios meses de negociación y pasar por la CNMC y el Consejo de Estado.

¿Y mientras tanto, qué?

Todo esto está muy bien. Pero los valientes que ya tengan placas solares en sus tejados o que, a pesar de todo, se planteen instalarlas, se preguntarán qué pueden hacer mientras que la situación política se aclara y el cambio normativo se hace efectivo.

Para las instalaciones existentes, la norma llega un poco tarde, pues es poco probable que para el 10 de abril, momento en que finaliza el periodo transitorio del Real Decreto 900/2015, el nuevo Real Decreto-Ley pueda estar publicado en el BOE. Por tanto, surge la duda de si gastarse el dinero en poner un contador para la instalación de autoconsumo, pedir (y pagar) el punto de conexión a la distribuidora o inscribirse en el Registro de autoconsumo, sobre todo teniendo en cuenta la elevada cuantía de las multas por incumplir la normativa de autoconsumo. La decisión dependerá de los riesgos que se quiera asumir. Lo más prudente es ir realizando todos los trámites posibles para intentar cumplir con el RD 900/2015 antes del 10 de abril. Si faltara algún documento en ese momento, lo recomendable sería registrar la instalación y posteriormente subsanar los defectos que pudiera haber. Ahora bien, todo ello sin perder de vista el proceso político, ya que si en los próximos días se formara un Gobierno y la normativa fuera finalmente cambiada, dicho cambio beneficiaría retroactivamente a las instalaciones existentes y se aplicaría a los procedimientos sancionadores que pudieran haberse abierto por incumplimiento de la normativa anterior.

En definitiva, el acuerdo parlamentario hecho público el pasado jueves resulta importante para poner fin a la anomalía normativa española en materia de autoconsumo. Ahora todo depende de que se forme o no un Gobierno en las próximas semanas, y que dicho Gobierno no sea del Partido Popular. Y una vez haya Gobierno, ¿podrá por fin desarrollarse el autoconsumo? Esta vez parece que, de entrada, sí.